Resumen: PRIMERO.- La instancia ha estimado la demanda que Dña. Estefanía dirigió frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y ha revocado la Resolución administrativa que le reconoció afecta de incapacidad permanente total para su profesión de administrativa y la ha reconocido afecta de incapacidad permanente absoluta.
Resumen: PRIMERO.- La sentencia del Juzgado condena al acusado Carmelo, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de un año, nueve meses y un día de prisión y a que indemnice en la cantidad de 1.864,04 euros. La mercantil Transmelec Cantabria, S.L. manifiesta su disconformidad parcial, "puesto que se limita no a la condena penal, sino únicamente a una parte de los hechos que han sido declarados no probados, y a la consiguiente influencia de dichos hechos no probados sobre la cuantificación de la responsabilidad civil del condenado" (alegación primera). La apelante solicita "la revocación parcial de la sentencia de instancia, declarando igualmente probados los hechos incluidos por esta acusación particular en su escrito de acusación, y condenando al acusado a indemnizar a mi mandante en la suma total reclamada en dicho escrito de acusación" (alegación cuarta).
Resumen: Demandada la nulidad de algunas cláusulas asumidas con ocasión de la subrogación en un préstamo con garantía hipotecaria, y subsidiariamente se condenara a la demandada a abonar a la parte actora las cuantías soportadas por acción y efecto de la cláusula nula, recurren los demandantes por las costas, lo que se resuelve por la sala en base a (i) la diferenciación entre las acciones alternativas y las subsidiarias, pues así como las primeras son manifestaciones de opción entre dos o más cosas u obligaciones las segundas, implican la posibilidad de que una de las pretensiones opere "en sustitución de" o "del en lugar de" la otra, (ii) la petición subsidiaria ejercitada en la demanda, pese a denominarse de esta manera, no guarda con la petición principal una relación de subsidiariedad si no que la que se dice ser una petición subsidiaria en realidad es parte de la principal de forma que acogiéndose la principal se estima totalmente la demanda y acogiéndose solo la segunda, mal llamada subsidiaria, se estima parcialmente la demanda y (iii) no procede declarar la abusividad de la cláusula que imputa los gastos de tasación al prestatario pues se trata de gastos precontractuales que normalmente asume el comprador en tanto que obligado a poner a disposición del prestamista los datos necesarios para la elaboración de la oferta correspondiente.